


Ante la complicada situación económica que viven los peruanos, hay mucho interés de por medio saber los detalles de los proyectos de ley sobre el retiro de fondos de la Compensación por Tiempo de Servicios (CTS), de las Administradoras de Fondos de Pensiones (AFP) y la Devolución del Fonavi. En el caso del último, la norma ya está vigente para que se pueda realizar la devolución de estos aportes. A continuación se explicará el estado de cada uno y cuándo se dará el retiro o devolución de cada uno.
El pasado miércoles 4 de mayo, el Pleno del Congreso aprobó el dictamen que autoriza el retiro facultativo de hasta 4 UIT o S/ 18,400 para todos los afiliados a las AFP, este plantea quetodos los contribuyentes, sean aportantes activos o no, pueden retirar su dinero del fondo.
El portavoz de la asociación de AFP, Joaquín Rey, aseguró que la medida aprobada representaría un desembolso aproximado de hasta S/ 31 millones.
Para el retiro de las AFP, aún no se conocen las fechas exactas, ya que aún no entra en vigencia la ley, pero la propuesta establece que se realizará en tres partes:
Primer desembolso de hasta 1 UIT:en un plazo máximo de 30 días calendario después de presentar la solicitud ante la AFP.
Segundo desembolso de hasta 1 UIT: En un plazo máximo de 30 días calendario.
Tercer desembolso por el restante del monto solicitado de hasta 2 UIT: En un plazo máximo de 30 días calendario.
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En el caso de la CTS se paga semestralmente en los meses de mayo y noviembre de cada año y cada depósito equivale a medio sueldo aproximadamente.
Anteriormente, la congresista Dina Calle, del partido Podemos Perú, presentó una iniciativa para que los trabajadores puedan retirar el 100% de su dinero. Todavía falta que se apruebe, pero si se logra, esta medida entraría vigente hasta el 31 de diciembre del 2023.
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Para el Fonavi, la ley aprobada señala que se garantiza la devolución del dinero de los trabajadores aportantes y se priorizará a la población que estuvo más afectada por el COVID-19.
La devolución de estos aportes ya se encuentra vigente, ya que muchos aseguran haberlo recibido, sin embargo, es vital tener habilitada una cuenta en el Banco de la Nación. Si hay fonavistas que ya tienen una, de igual manera se les asignará otra cuenta que será únicamente para que cada aportante reciba lo que le corresponde por concepto de la devolución de todo lo aportado, acorde a sus años
Con respecto al monto de entrega, la deuda que tiene el Estado con los fonavistas es de 42 mil 8 millones 497 mil soles. Por lo tanto, en base a lo manifestado por el ministro de Economía y Finanzas, Óscar Graham, el promedio a entregar a los beneficiarios sería entre S/. 420 y S/. 700.
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– Si hasta la fecha no has presentado el formulario N° 1 (con los datos de identificación e historia laboral), requieres hacerlo mediante la página web, o haciendo puede realizarlo a través de este clic aquí. En pantalla verás una sección denominada “Regístrese en el SIFONAVI” y el ‘Registro de Periodo Laboral – F1′.
– Otra forma es ingresando a la Plataforma Única de Atención Virtual. Este proceso lo puedes hacer llamando al 640-8655, de lunes a viernes de 8 a.m. a 6 p.m.
Importante: el registro de la Historia Laboral declarado a la Comisión Ad Hoc tiene carácter de Declaración Jurada (descarga aquíel formulario). Se puede registrar mediante los canales implementados por la Secretaría Técnica.
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